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AV Xestión, es el departamento de Arias Avogados, encargado de la asesoría fiscal,
laboral y comunidades de propietarios.
Av Xestión, se encargará del asesoramiento fiscal y laboral de forma continuada a
nuestros clientes, en el día a día de su actividad, completando junto con el
asesoramiento jurídico y de protección de datos que ya le veníamos prestando, un
asesoramiento integral.
En cuanto al departamento de Comunidades de Propietarios, lo conforman un equipo
de economistas, abogados y abogadas, especializados en propiedad horizontal,
contabilidad, prevención de riesgos laborales y reclamaciones de cantidad, así como en
trámites notariales y registrales, coordinados y dirigidos por nuestra Administradora
de Fincas colegiada, cubriendo todas sus necesidades y obligaciones.
En concreto, asesoramos en las siguientes materias:
– Asesoría Fiscal y Contable
– Asesoría Laboral ( Nóminas y Contratos)
– Prevención de Riesgos Laborales
– Protocolo de Acoso
– Planes de Igualdad
– Administración de Fincas
– Inmobiliario
– Subvenciones
– Licitaciones
¿En qué consiste nuestro servicio de protección de datos?
La Protección de Datos, es una de las especialidades que más nos diferencia, posicionándonos como la firma de referencia en la provincia de Ourense.
Arias Avogados cuenta con los dos primeros Delegados de Protección de Datos certificados en Ourense conforme al Esquema de la Agencia Española de Protección de Datos AEPD-DPD.
Esta diferenciación, nos aporta objetividad en cuanto a nuestra calidad, junto con la experiencia y solvencia demostrada en la prestación del servicio a nuestros clientes, ofreciendo garantías y seguridad al respecto.
En la sección de clientes de nuestra web, podrá observar algunos de los mismo, referentes en sus respectivos sectores, que confían en nosotros.
5 PUNTOS que nos diferencian
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En Arias Avogados estamos comprometidos con la igualdad en el mundo laboral y asesoramos en el conjunto de medidas y estrategias que han de implantarse para que tal concepto se haga efectivo en el marco corporativo.
El Real Decreto 6/2019 de 1 de marzo establece la obligación de implantar planes de igualdad en las empresas, que en su día estableció la Ley 3/2007, de Igualdad.
La obligatoriedad de la implantación de los planes, atenderá a las características de las empresas:
-Empresas de más de 250 trabajadores: obligatorio desde el 8 de marzo de 2020.
-Empresas de más de 150 trabajadores: obligatorio desde el 8 de marzo de 2021.
-Empresas de más de 50 trabajadores: obligatorio desde el 8 de marzo de 2022
Además de cumplir con la normativa de aplicación, su empresa conseguirá:
1.- Una verdadera situación de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres.
2.- El distintivo de Igualdad que otorga el Ministerio de Igualdad y que es valorado positivamente en las licitaciones públicas.
3.- Evitar las sanciones reguladas en la normativa, las cuales oscilan entre 626 € y 187.515 €.
Pero sobre todo evitaremos que en el seno de nuestra empresa se pueda producir cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, y que se nos estigmatice por tal hecho.
La imagen es el dato de carácter personal por excelencia, la cual puede ser objeto de tratamiento para diversas finalidades. Si bien, la más común consiste en utilizar las cámaras de videovigilancia con la finalidad de garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones. No obstante, las cámaras pueden ser utilizadas también como medida de control empresarial, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, por ello es fundamental su correcta instalación y uso, puesto que puede suponer una injerencia en la intimidad del personal de la empresa o incluso suponernos un problema ante un despido de un trabajador/a.
A mayores, la videovigilancia es la materia en la que más sanciones constan por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, AEPD.
Como garantía de nuestros servicios, en Arias Avogados somos especialistas en el ámbito de la protección de datos de carácter personal, contado con los primeros Delegados de Protección de Datos certificados conforme al Esquema de la AEPD en la provincia de Ourense, asesorándoles, por ejemplo:
Desde una perspectiva jurídica, analizamos las medidas que deben ser adoptadas con el fin de dotar de una mayor y estratégica protección legal a la mercantil, partiendo de su idiosincrasia, naturaleza y circunstancias y teniendo siempre presente su visión, misión y valores.
Relaciones entre socios/as, asesoramiento integral a la empresa familiar, estatutos, herencia y sucesión de participaciones y acciones, gestión de personal, contrataciones, despidos, y viabilidad empresarial, entre otras.
Ofrecemos y garantizamos un asesoramiento jurídico íntegro, en todos los aspectos que afecten a su empresa en concreto, en materias tan importantes como las que a continuación se muestran y sobre las que nuestra experiencia y resultados nos avalan, contando con un equipo multidisciplinar especializado y formado en diferentes áreas del Derecho, pero destacando sobre todas ellas nuestras dos especialidades más significativas, a través de las cuales, articulamos y desarrollamos la protección de la empresa: Protección de Datos y Compliance Penal.
¿Qué es el Compliance Penal?
Podemos definirlo sucintamente como un mecanismo de supervisión de la actividad de la empresa, a fin de evitar que, en el desarrollo de la misma, se pueda cometer algún delito, y que, por ello, sea penalmente responsable. Siendo la mejor protección para la empresa.
Son herramientas imprescindibles para llevar a cabo de forma efectiva y poder demostrar ante clientes, organizaciones y administraciones el afán de alcanzar el estatus de “buen ciudadano corporativo” por parte de la empresa.
¿Puede una empresa ser condenada por un delito cometido por un trabajador/a?
Sí, desde el 1 de julio de 2015, tras la reforma del Código Penal, las personas jurídicas, como todo tipo de sociedades, cooperativas, asociaciones, fundaciones y partidos políticos, serán penalmente responsables de los delitos cometidos por sus representantes legales y directivos, así como por los delitos cometidos por sus trabajadores.
Respecto a estos últimos, la empresa será condenada cuando la comisión del delito, haya sido propiciada por no haber ejercido la empresa el debido control sobre sus empleados/as, la denominada culpa o deber in vigilando.
¿A qué podría ser condenada la empresa?
La pena dependerá directamente del tipo de delito en concreto que se haya cometido, estableciendo el Código Penal la multa como la pena común y general. Pero también puede ser condenada a:
¿Cómo evitar la condena?
Precisamente, con la implantación de un Sistema de Compliance Penal, cuya finalidad es evitar la comisión del delito, y en caso de que se produzca, contar con este sistema, podrá eximir o atenuar la pena, es decir, no ser condenado o que se rebaje la gravedad de la misma.
¿Cuáles son los requisitos?
El art. 31 bis. 2 del Código Penal, establece cuatro requisitos:
De estos cuatro requisitos la jurisprudencia, viene exigiendo además Mapa de Riesgos, Supervisión periódica y prueba de haberla hecho, por ejemplo, auditorías firmadas digitalmente (para evitar hacerlas con fechas anteriores), Formación a trabajadores y Canal de denuncias anónimo.
¿Qué es un Canal de Denuncias?
El canal de denuncias o canal ético es aquella herramienta que permite tanto a trabajadores, profesionales, colaboradores o a cualquier otro stakeholder alertar a la organización de los ilícitos o malas prácticas que se estén llevando a cabo en el marco del desarrollo de su actividad.
¿Es obligatorio?
Disponer de un canal de denuncias será obligatorio para todas las empresas de más de 50 trabajadores antes del 17 de diciembre de 2023, así como para las Administraciones Públicas, antes del 17 de diciembre de 2021. No obstante, en España posiblemente sea obligatorio para empresas de más de 25 trabajadores.
¿Cuáles son los beneficios?
¿Por qué es necesario?
El Canal de Denuncias junto con el Compliance Penal, son las dos herramientas imprescindibles para la protección legal de la empresa. En concreto frente a posibles delitos, incluidos los cometidos por trabajadores. Atenuando o incluso eximiendo de la pena, la cual puede ser:
– Desaparición de la razón social,
– Clausura de instalaciones,
– Suspensión de actividad,
– Prohibición de recibir subvenciones o contratar con la Administración Pública, y
– Multa económica en relación con la facturación.
*Fiscalía General del Estado.
“Muchas de ellas resultarán más eficaces cuanto mayor sea su nivel de externalización, como ocurre, por ejemplo, con la formación de directivos y empleados o con los canales de denuncias, más utilizados y efectivos cuando son gestionados por una empresa externa, que puede garantizar mayores niveles de independencia y confidencialidad”
Las relaciones entre empresarios son cada día más complejas. La palabra ya no basta para sellar un contrato y sin duda la clave del éxito en la empresa radica en poner atención a los pequeños detalles. Por eso, desde Arias Avogados, asesoramos y participamos directamente en la elaboración, análisis, negociación e interpretación de todo tipo de contratos relacionados con la actividad empresarial de cualquier sector, en el ámbito nacional e internacional, poniendo especial énfasis en el clausulado de los mismos con el fin de anticipar posibles discrepancias y dar una férrea protección a nuestro cliente. La libertad de forma en los contratos prima en nuestro Derecho, pero el cómo se redactan determinará su posterior implicación en lo pactado.
Nuestro método:
– Redacción íntegra de contratos.
– Revisión de implicaciones legales en contratos previos y adaptación de los mismos.
– Negociación en operaciones mercantiles y en conflictos contractuales.
– Litigación en materia contractual. Conflictos derivados de interpretación o incumplimiento.
Acompañamos a la empresa a lo largo de su día a día, desde su creación; apoyándola en el desarrollo de su actividad, especialmente en cuanto a estatutos y gestión interna; hasta su eventual transmisión, bien de forma familiar hacia la siguiente generación o por venta a terceros. Ponemos especial interés en las relaciones entre socios como punto esencial para la empresa, asegurando el buen gobierno de la misma.
Acompañamos a nuestros clientes en todo lo necesario para proteger los derechos inherentes a estas materias:
Asesoramos a nuestros clientes en estas áreas interrelacionadas entre sí. Trabajamos con particulares y empresas en el ámbito judicial y extrajudicial. Nos centramos tanto a nivel preventivo como tras la ocurrencia de perjuicios en el negocio jurídico del que se trate. Se tiende erróneamente a catalogar este tipo de operaciones como algo sencillo, pero sin lugar a duda la intervención de un abogado es fundamental para evitar desacuerdos en cláusulas y disposiciones.
– Negocios jurídicos sobre todo tipo de inmuebles. Adquisición activos inmobiliarios.
– Gestión de patrimonios inmobiliarios.
– Arrendamientos urbanos, rústicos e industriales.
– Redacción y negociación de convenios urbanísticos.
– Asistencia jurídica en proyectos urbanísticos.
– Obtención y otros actos sobre licencias y permisos.
Contar con una póliza que cubra de forma íntegra los riesgos particulares o de empresa, es algo básico pero no siempre fácil. Desde nuestra firma le asesoramos desde la contratación hasta la ocurrencia del riesgo, y por supuesto ante rechazos sistemáticos de las aseguradoras a las pretensiones de los clientes. Le informamos sin compromiso de si su póliza cuenta con asistencia jurídica gratuita y también de sí, contrariamente a lo que su compañía pueda indicarle, puede elegir al abogado de su confianza dentro de las coberturas económicas que le brinda el pago de su prima anual a la aseguradora.
Desde Arias Avogados nos comprometemos a asesorarle de una forma integral, desde el estudio del contrato de arrendamiento y circunstancias de los inquilinos, para recuperar su propiedad en el menor tiempo posible y con las máximas garantías respecto al estado de conservación del inmueble, así como la reclamación de las rentas adeudadas, ante cualquier motivo de desahucio:
En los últimos años hemos podido observar desde nuestra profesión, que fruto de una mala previsión y desconocimiento jurídico, muchos herederos no han podido hacer frente a los gastos de tramitación de este tipo de procesos teniendo que renunciar finalmente a formalizar herencias, legados o donaciones.
Desde nuestra firma, nos comprometemos a realizar un estudio completo de su caso, aclarando todas las dudas que se susciten durante la tramitación, con el objetivo de garantizar el mejor resultado y mantenerle al corriente de toda acción llevada a cabo.
La anticipación y el asesoramiento previo es fundamental para llevar a cabo estas operaciones y garantizar la tranquilidad de las partes implicadas.
En Galicia, tenemos la peculiaridad de la existencia y posible aplicación del Derecho Civil Gallego, el cual, entre otras cuestiones, modifica el cómputo de las legítimas respecto al Derecho nacional.
A tal fin, es fundamental conocer la norma de aplicación y las circunstancias concretas de los herederos, para asesorarles, por ejemplo:
El derecho bancario ha pasado a ser una de las materias jurídicas más relevantes en la actualidad debido a la mala praxis bancaria. Nuestros abogados realizan un primer estudio de viabilidad para valorar las posibilidades de éxito frente a la entidad. Tramitamos todo tipo de escritos y reclamaciones tanto en vía extrajudicial como judicial. No dude en consultar gratuitamente su caso con nuestros abogados especialistas en los siguientes asuntos:
En ARIAS AVOGADOS estamos especializados en reclamaciones derivadas de accidentes de tráfico. Estudiamos su caso y la viabilidad del mismo para ofrecerle la máxima indemnización en el menor tiempo posible.
La gran mayoría de las pólizas de seguro de automóvil contienen la cobertura de defensa jurídica, la cual cubre el gasto de abogado, tanto el que le asigna su compañía como el que Ud. escoja, si bien, designándonos, es la mejor forma de asegurarse de que se reclame por la máxima indemnización posible, entre otros motivos, porque las aseguradoras gestionan miles de siniestros, no le dedican la misma atención y, sobre todo, no se exigen al máximo entre ellas puesto que en unos siniestros les tocará pagar y en otros cobrar.
En relación con nuestro conocimiento sobre la Ley del baremo de tráfico, única norma del ordenamiento jurídico español que objetiviza la indemnización por daño moral, por el hecho de sufrir un accidente de tráfico y la cual es aplicable de forma analógica al resto de materias, resulta de especial importancia, cuando en una intervención médica se vulnera la lex artis, es decir, aquel margen de error permitido o asumible.
Desde Arias Avogados, valoramos la viabilidad de reclamar aquellas lesiones y secuelas que se le hayan podido producir en los siguientes casos:
Desde Arias Avogados, nos encargamos de la tramitación completa del expediente de extranjería, sea Ud., el interesado/a, familia o empresa que desea contratarlo:
Una vez estudiada su situación y circunstancias personales, analizamos a qué prestaciones de la Seguridad Social podrá acceder y tener derecho, si se cumplen los requisitos necesarios para su concesión:
Desde nuestro departamento laboral, asesoramos tanto a empresas como a trabajadores respecto de los derechos laborales que asisten a cada una de las partes.
El despido es uno de los momentos más conflictivos en las relaciones laborales, suponiendo un gran impacto laboral y económico tanto para empresas como trabajadores. Es fundamental asesorarse para conocer todas las circunstancias que puedan ser utilizadas para calificar la ruptura contractual, teniendo en cuenta las consecuencias más beneficiosas y perjudiciales para una y otra parte, respectivamente:
Desde nuestro Departamento Administrativo nos encargamos de tramitar el expediente completo ante cualquier Administración, asumiendo su representación para que Ud. se despreocupe del asunto encargado:
Nos encargamos de tramitar el expediente administrativo completo ante cualquier Administración dependiente de la Xunta de Galicia, asumiendo su representación para que Ud. se despreocupe del asunto encargado:
Desde ARIAS AVOGADOS gestionamos su reclamación de cantidad si sus derechos se han visto afectados. También ofrecemos asesoramiento y representación judicial, para recuperar cuantías adeudadas por una prestación de servicios. Lo que nos diferencia es nuestra capacidad de mediación y negociación entre las partes, así como el ejercicio de las acciones jurídicas pertinentes.
Es importante recuperar una cantidad adeudada, pero lo es más analizar previamente si esta reclamación va a ser efectiva, es decir, si se va a recuperar la deuda o si por el contrario, en nuestro esfuerzo de hacerlo la incrementamos.
Por ello, estudiamos previamente la viabilidad de la reclamación, del deudor y de las circunstancias, para escoger la mejor forma de recuperar lo adeudado con las máximas garantías, en el menor tiempo posible y con los mayores intereses.
Con un origen y tradición penalista, desde Arias Avogados, podemos ofrecer tanto una defensa como una acusación, ante cualquier clase de delito, con las máximas garantías, estudiando el caso minuciosamente, siendo fundamental los hechos para otorgar credibilidad, así como utilizar todas las herramientas procesales para conseguir una sentencia estimatoria de nuestras pretensiones.
Hemos obtenido grandes resultados en delitos como:
Desde la firma, atesorar un profundo conocimiento en la materia nos permite poder garantizar la consecución de beneficios penitenciarios hasta la puesta en libertad, lo antes posible. En concreto, asesoramos en:
Desde las medidas en caso de que haya hijos/as, hasta la liquidación de la sociedad de gananciales, en su caso, ambas, situaciones de capital trascendencia:
Todo ello, primero agotando la vía amistosa, ahorrando costes y tiempo y, en caso de no ser posible, iniciar la vía judicial con las máximas garantías de protección de los intereses perseguidos, y de entre ellos, en su caso, prevaleciendo el interés de los menores involucrados.
RESPONSABLE
ARIAS AVOGADOS, S.C.
N.I.F.: J-42.739.680
Dirección: Rúa Concordia, nº1, Entlo A-B, 32003, Ourense.
Teléfono: 988 609 224
Correo Electrónico: despacho@ariasavogados.com
FINALIDAD
ARIAS AVOGADOS, S.C. tratará los datos de sus clientes/usuarios con la finalidad de incorporarlos al sistema de tratamiento del que es responsable y llevar a cabo la prestación de los servicios propios de un despacho de abogados.
-No existirán decisiones automatizadas ni se elaborarán perfiles a partir del tratamiento de sus datos.
-Los datos proporcionados a ARIAS AVOGADOS, S.C. se conservarán durante el tiempo que dure la relación profesional.
Dichos datos permanecerán en el sistema de tratamiento del responsable. Una vez finalizada la relación profesional, los datos personales facilitados se destruirán en el plazo de 30 días desde la fecha de finalización, salvo que por imperativo legal se tenga la obligación de conservarlos.
LEGITIMACIÓN
Consentimiento expreso del Cliente (art. 6.1 a) RGPD), y Ejecución contrato prestación de servicios (art. 6.1 a) RGPD).
DESTINATARIOS
El Cliente/Interesado/a consiente expresamente la cesión de sus datos cando sea necesario para la mejor prestación del servicio, siempre que únicamente se cedan los datos imprescindibles para tal fin. Se procederá a ceder datos del Cliente a las entidades públicas o privadas necesarias (Gestoría e Informático), siempre y cuando sean adecuados y guarden relación con la finalidad que se persigue.
El consentimiento de cesión a terceros podrá ser revocado en cualquier momento con independencia de la prestación de servicios mediante comunicación al Responsable de Tratamiento, de acuerdo al apartado siguiente, DERECHOS.
-No se contemplan transferencias internacionales de los datos.
DERECHOS
El Cliente/Interesado/a tiene derecho a obtener el acceso a sus datos, a su rectificación o supresión, a la limitación de su tratamiento, o a oponerse al mismo, así como a la portabilidad de sus datos, solicitándolo mediante comunicación al Responsable de tratamiento, bien en el domicilio profesional en Rúa Concordia, nº1, Entlo A-B, 32003, Ourense, en la dirección de correo electrónico: despacho@ariasavogados.com, y si no se obtiene respuesta, directamente ante la AEPD en www.aepd.es adjuntando, en ambos casos, fotocopia de documento identificativo (D.N.I., N.I.E., o Pasaporte).
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